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COVID 19 Medidas preventivas Fase1

Recordatorio medidas preventivas, teneís la información completa ya en circular.

Importante, lo que os voy a indicar a continuación es un listado con matices establecidos en la Orden y que deberéis consultar con vuestro servicio de prevención, recordad que tenemos cartelería a vuestra disposición para indicar las medidas a usuarios y trabajadores:

Requisitos para la  atención al público:

  • Se reducirá el aforo al 30% y manteniendo siempre la distancia de seguridad de 2 metros. Si esto no es posible solo podrá estar un cliente en el lugar de atención al cliente.
  • Se deberá exponer al público el aforo máximo y asegurar que tanto este como la distancia de seguridad se cumplen.
  • Horario de atención prioritario para mayores de 65 años.
  • Utilización de cita previa.
  • Cuando se cierre el local por limpieza, se comunicará debidamente al cliente por medio de cartelería visible.
  • La desinfección y limpieza se realizará dos veces al día: preferiblemente que una de ellas sea a lo largo de la jornada y otra obligatoriamente al finalizar la misma.
  • La desinfección se deberá realizar con virucidas autorizados por el Ministerio de Sanidad o con diluciones de lejía recién preparadas (1:50). Tras cada limpieza los materiales y equipos de protección se desecharán de forma segura.
  • Cuando en el establecimiento o local vaya a permanecer más de un trabajador atendiendo al público, las medidas de limpieza se extenderán no solo a la zona comercial, sino también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.
  • Se revisará, como mínimo una vez al día, el funcionamiento y la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta de los aseos en los establecimientos y locales comerciales minoristas.
  • Los clientes no podrán usar los aseos del taller.
  • El tiempo de permanencia de los clientes será el estrictamente necesario.
  • Deberán señalar de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización para aquellos casos en los que sea posible la atención individualizada de más de un cliente al mismo tiempo, que no podrá realizarse de manera simultánea por el mismo empleado.
  • Deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.

 

Medidas de Higiene para personal trabajador.

  • Se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes a las que también se aplicarán medidas de desinfección y limpieza.
  • Los trabajadores deberán disponer permanentemente de geles hidroalcólicos o desinfectantes autorizados por el Ministerio de Sanidad como virucidas.
  • Fichaje dactilar sustituido por otro sistema con garantías higiénicas.
  • Distribuir los puestos de trabajo para mantener la distancia de dos metros, que también se deberá cumplir en aseos, vestuarios, taquillas, etc
  • Cuando no se pueda garantizar la distancia interpersonal de 2 metros, se dotará a los trabajadores de protección personal
  • Ventilación periódica: mínimo una vez al día y con una duración de 5 minutos.
  • Uso preferente de tarjeta como método de pago.
  • Ropa de trabajo: lavado diario en programas de 60-90 º.
  • Montacargas/ascensor: limitar a una persona su uso.
  • Si se comparten puestos de trabajo, limpiar y desinfectar en los cambios.
  • Disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal que deberán ser limpiadas al menos una vez al día.

 

Consultadnos si precisaís cartelería que recoge lo establecido en la Orden como Normas de Atención al público.

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