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El Gobierno ayudará en el pago de los créditos ICO a empresas con caídas de ingresos de más del 30% en 2020 respecto a 2019

A aquellas pymes y autónomos cuya caída de ingresos sea menor del 30% se les da la opción de poder ampliar el plazo de vencimiento de los avales mediante acuerdo con la entidad acreedora

 

 Banco y cliente deberán pactar la renegociación de toda la deuda y la entidad deberá asumir una quita en la parte no avalada.

 

 Las entidades de financiación deben estar adheridas al Código de Buenas Prácticas aprobado por el Consejo de Ministros.

 

 Se podrá convertir el crédito avalado en préstamo participativo mediante acuerdo de la entidad financiera y la pyme o autónomo.

 

 Las empresas o autónomos que hayan tenido una pérdida de facturación superior el 30% en el 2020 respecto al 2019 también podrán recibir transferencias para las operaciones avaladas.

 

 Recuerde que ASOCIACIÓN pone a disposición de los asociados un servicio de asesoramiento personalizado en todos estos asuntos relacionados con las ayudas públicas para empresas afectadas por la crisis Covid19 (Valorar si es oportuno introducir esta frase señalada en rojo, en virtud de que tengáis la posibilidad de asesorar o no con vuestros medios). Les aconsejamos también contactar con sus asesores individuales y con su entidad bancaria, pues son los que mejor conocen la situación concreta de su empresa.

 

Ampliación plazos vencimientos

 

– Para aquellas operaciones que hayan sido objeto de extensión de plazo de vencimiento al amparo del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, o de los Acuerdos de la Comisión de Riesgos por cuenta del Estado, se ampliará el plazo de vencimiento del aval por un periodo adicional máximo de dos años, siempre y cuando el vencimiento total de la operación avalada no supere los diez años desde la fecha de formalización inicial de la operación.

 

– Para el caso de operaciones que no se hubiesen beneficiado de las extensiones de plazo de vencimiento establecidas en el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, o en los Acuerdos de la Comisión de Riesgos por cuenta del Estado, la extensión del vencimiento podrá producirse por un máximo de cinco años, siempre y cuando el vencimiento total de la operación avalada no supere los diez años desde la fecha de formalización inicial de la operación.

 

-En el caso de caídas inferiores al 30% de facturación en el año 2020 respecto del 2019 podrán gozar de la ampliación de vencimientos de la financiación con aval público siempre y cuando medie Acuerdo por parte de entidad acreedora concedente de la financiación

 

 Conversiones en préstamos participativos

 

Adicionalmente, el banco y la pyme o autónomo podrán acordar convertir el crédito avalado en un préstamo participativo manteniendo el aval público, lo que reforzará la solvencia de la empresa ya que estos últimos tienen un tratamiento equivalente al capital. El cliente deberá también haber registrado una caída de la facturación del 30% de pérdidas después de impuestos y no estar ni en mora ni en concurso.

 

Realización de transferencias

 

En el caso de las transferencias, con carácter general, no podrán superar el 50% del principal avalado pendiente de cada operación, incluido en su caso, el principal vencido, impagado o con el aval ejecutado si los hubiere de cada operación avalada acogida al Acuerdo de renegociación de deudas acordados entre cada entidad y la empresa o autónomo elegible. La transferencia podrá llegar hasta el 75 % de dicha cuantía para los casos en que la caída de la facturación, entendida como volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración en el modelo fiscal anual correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo equivalente, tanto para empresas como para autónomos de acuerdo con el régimen que se aplique, en 2020 con respecto a 2019, sea superior al 70 %.

 

Por otro lado, las entidades adheridas que concedan alguna de las medidas recogidas en este acuerdo del Consejo de Ministros se comprometerán a mantener abiertas las líneas de circulante del deudor beneficiado hasta 31 de diciembre de 2022

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