Fecha: Abril 2019
Asunto: Ante la campaña de verano, AEME hace un recordatorio de cuestiones a tener en cuenta con respecto a este tema.
Todo lo que debe saber para cumplir con la legislación relativa a las recargas de Aire Acondicionado con Gas 134a
Para comprar el Gas sin impuesto se debe tener una autorización administrativa y obtener un número de “permiso de compra” conocido como “CAF” (Código de Actividad de los Gases Fluorados), entre otras cuestiones.
Cuestiones importantes si lleva a cabo cargas de Aire Acondicionado con el Gas 134a:
¿Qué pasa con el gas que adquirido antes de septiembre 2018 (fecha en la que el impuesto sobre el gas fue reducido a la actual cantidad) y mantengamos en stock?
Si usted cuenta todavía con existencias de Gas R143a compradas antes del 1 de septiembre del 2018, deberá aplicar el impuesto que pagó en el momento de la compra. Para justificar la cuantía del impuesto, en caso de que fuera necesario, deberá guardar las facturas de compra del gas. Siempre que pueda documentar con factura que la compra se había realizado con anterioridad a la entrada en vigor de los cambios.
Por último, les recordamos asimismo que, desde enero 2017, los nuevos vehículos homologados utilizan en sus sistemas de refrigeración el gas R1234yf, que NO va grabado con impuesto y que, siguiendo el criterio ya expuesto por el Ministerio de Industria, solo debe ser utilizado en los automóviles homologados para su
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