Protocolo para la prevención de acoso laboral y por razón de sexo en el trabajo
Todo lo que el taller debe saber sobre el protocolo para la prevención de acoso laboral y por razón de sexo en el trabajo
¿ES OBLIGATORIO QUE LOS TALLERES IMPLEMENTEN UN PROTOCOLO PROPIO DE PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO?
SÍ. La normativa hace referencia a la obligatoriedad de las empresas a implementar un protocolo de prevención de acoso sexual y por razón de sexo para su prevención y dar cauce a las denuncias o reclamaciones que se puedan formular, pero no a que se imparta formación específica en esta materia.
¿ES OBLIGATORIO QUE LOS TALLERES REDACTEN UN PROTOCOLO PROPIO DE PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO?
NO. Los talleres no necesitan redactar un protocolo propio. Les sirve el recogido en el convenio (Convenio Colectivo de la Industria, servicios y tecnologías del sector metal de la provincia de Alicante (artículo 87) y en el Convenio Colectivo Estatal de la Industria (artículo 68)).
¿ES OBLIGATORIO REALIZAR CURSOS ESPECÍFICOS DE FORMACIÓN DE ACOSO LABORAL Y POR RAZÓN DE SEXO EN EL TRABAJO?....
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