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AEME INFORMA: ¿Conoces las hojas de reclamaciones?

¿Conoces las hojas de reclamaciones y tu obligación de facilitarlas?

Como empresario o responsable de un establecimiento, es fundamental que conozcas la normativa sobre las hojas de reclamaciones. Estas hojas son el medio oficial que los consumidores tienen para expresar su disconformidad con un producto o servicio.

¿Qué debes hacer?

  • Disponibilidad de las hojas: Las hojas de reclamaciones deben estar disponibles en tu establecimiento y ser entregadas de forma inmediata si un consumidor lo solicita. Es un derecho del consumidor poder acceder a ellas de manera sencilla.
  • Copia para el consumidor: Una vez que el consumidor rellene la hoja de reclamaciones, debes entregarle dos copias: la blanca (para la administración) y la verde (para quien reclama).
  • Reclamación formal: El consumidor podrá presentar la hoja cumplimentada ante la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor) de su localidad o, en su defecto, en el Servicio Territorial de Comercio y Consumo, junto con la documentación que respalde su reclamación.

 

Para más información puedes consultarnos.

Correo electrónico: aeme@aeme.es

TLF: 965 442 670

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