CIRCULAR INFORMATIVA
16/05/2025
Desde AEME queremos compartir una información relevante, facilitada por los servicios jurídicos de la Federación, sobre un caso relacionado con la custodia de vehículos en talleres una vez finalizada la reparación.
Más de 5.500 euros por dejar el coche aparcado seis meses en un taller
La Audiencia Provincial de Vigo ha confirmado que un cliente deberá abonar 5.525,75 euros, más intereses, a un taller de reparación por haber dejado su coche durante aproximadamente seis meses en sus instalaciones, tras haber pagado la factura de la reparación (unos 850 euros). La resolución ratifica una sentencia previa dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 y no admite recurso.
Los hechos se remontan a noviembre de 2021, cuando el taller, una vez finalizada la reparación y sin haber recibido aún el pago, notificó al propietario que disponía de tres días para retirar el vehículo, advirtiendo además que, transcurrido ese plazo, se aplicarían 25 euros diarios en concepto de gastos de estancia. El cliente no acudió al local hasta el 1 de febrero, cuando abonó la factura. Sin embargo, al detectar supuestos desperfectos (moho, retrovisor roto, etc.), decidió no retirar el coche. No fue hasta mediados de mayo cuando finalmente lo recogió.
Durante el procedimiento judicial, la defensa del propietario del vehículo intentó revertir la sentencia por varias vías:
Alegó que no se había firmado el presupuesto previo, por lo que no deberían aplicarse las condiciones del mismo.
Afirmó que el coche se encontraba en "condiciones deplorables", basándose en el testimonio del padre del demandado.
Argumentó la existencia de un acuerdo extrajudicial firmado bajo coacciones.
Cuestionó la tarifa diaria de estancia, calificándola de "abusiva".
Ninguno de estos argumentos fue estimado por la Audiencia:
El tribunal considera que el presupuesto fue aceptado tácitamente al haberse abonado finalmente la factura.
El testimonio del padre no se considera suficiente por su vinculación directa con el demandado, y no se aportaron pruebas objetivas adicionales. Unas fotografías que se intentaron incluir en el recurso no fueron admitidas, ya que no se formuló protesta en su momento cuando fueron rechazadas en primera instancia.
Sobre la supuesta coacción en el acuerdo extrajudicial, los magistrados concluyen que no se aportó ninguna prueba que acreditase tal situación.
En cuanto al importe de 25 euros diarios por estancia, la sala indica que fue previamente comunicado al cliente y figuraba en un tablón de anuncios del propio taller, por lo que no puede considerarse abusivo.
La sentencia destaca además que se cumplieron los dos requisitos establecidos por la normativa vigente para justificar el cobro de los gastos de estancia:
El vehículo permanecía en un local bajo custodia del taller.
Se habían superado los tres días desde que se notificó al cliente la finalización de la reparación y la obligación de retirada.
Información facilitada por los servicios jurídicos de la Federación
Si necesitan más información pueden contactar con los servicios jurídicos de Aeme.
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