Desde mayo de 2023, es posible sustituir lámparas halógenas por lámparas LED en determinados vehículos sin que esta modificación se considere una reforma del vehículo, lo que permite superar la ITV sin inconvenientes. Sin embargo, esta posibilidad está limitada a productos que cumplan estrictamente con la normativa vigente y estén debidamente homologados.
La legislación establece que solo se consideran válidas para carretera aquellas lámparas LED homologadas específicamente como reemplazo de halógenas en vehículos concretos y para funciones determinadas. Esto supone una oportunidad para los talleres, pero también un riesgo si se instalan productos que no cumplan con los requisitos técnicos y legales.
En el mercado existen lámparas LED que pueden contar con marcajes europeos válidos para su venta general, pero eso no implica que estén homologadas para sustituir a una halógena ni que su instalación sea legal para su uso en carretera.
Para que una lámpara LED esté homologada para reemplazar una halógena debe haber superado un proceso de validación en laboratorio, demostrando:
Es por esto que no existe una homologación genérica válida para cualquier vehículo o función. Cada lámpara LED debe estar asociada a un modelo y función concretos.
La instalación de productos no homologados puede impedir que el vehículo pase la ITV o incluso derivar en sanciones al conductor. Además, puede suponer un perjuicio reputacional para el taller o el proveedor que los haya suministrado o instalado sin comprobar su legalidad.
Desde AEME recomendamos a los talleres:
En AEME seguiremos informando y asesorando a nuestros asociados sobre cuestiones técnicas y legales que afecten al sector de la posventa.
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